A partir de la entrada en vigor de los Lineamientos Generales para garantizar los Derechos de las Audiencias, este 26 de febrero, los concesionarios de radio y televisión tienen dos meses para inscribir en el Registro Público de Concesiones del IFT sus Códigos de Ética y los nombramientos de sus respectivas Defensorías de Audiencias.
La regulación emitida por el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) señala que el registro de dichos documentos es un paso necesario para los radiodifusores, pues permite a la autoridad contar con elementos para verificar el cumplimiento de esta obligación.
En los lineamientos, el órgano regulador establece que con el fin de abonar a la eficiencia y hacer del conocimiento este mecanismo del sistema de defensa de audiencias, los concesionarios deberán publicar su respectivo Código de Ética en su página de Internet, o ponerlo a disposición en su domicilio.
Además, estableció que los radiodifusores deben incluir en sus respectivos códigos la mención expresa de que en conjunto con la Defensoría de Audiencias, contarán con los medios para la recepción de las observaciones, quejas, sugerencias, peticiones, señalamientos o reclamaciones presentadas por las Audiencias.
“Lo anterior, con objeto de que se reconozca en el marco de los instrumentos deontológicos referidos, que los Concesionarios y Programadores cuentan con canales para recibir este tipo de comunicaciones”.
Los lineamientos establecen que los concesionarios están obligados a contar con una Defensoría de las Audiencias, es decir, una persona física nombrada por los propios radiodifusores que será responsable de recibir, documentar, procesar y dar seguimiento a las observaciones, quejas, sugerencias, peticiones o señalamientos de las Audiencias, en términos de los Códigos de Ética y demás disposiciones aplicables.
“Los Concesionarios de Radiodifusión y los Programadores deberán solicitar la inscripción de los nombramientos de sus respectivas Defensorías de Audiencias en términos del presente Acuerdo dentro del plazo de 60 días naturales contados a partir de su entrada en vigor”, señala el documento publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el pasado 5 de febrero.
Cabe recordar que la emisión de estos lineamientos por parte del IFT, se da en cumplimiento a la sentencia dictada dentro del juicio de amparo 653/2019 del índice del Juzgado Primero de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México.
A través de los Lineamientos, y en el ejercicio de su facultad regulatoria, el Instituto establece un marco que dota de eficacia y garantiza el funcionamiento sustantivo de los mecanismos de protección previstos por la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión.
Estos mecanismos son vehículos para la defensa de los derechos de las audiencias conforme a las disposiciones jurídicas vigentes en la materia, resultantes de la resolución emitida por la Suprema Corte de Justicia de la Nación en la acción de inconstitucionalidad 150/2017 y su acumulada 153/2017.
C$T-GM