En su Programa Anual de Uso y Aprovechamiento de Bandas de Frecuencias (PABF) 2025, que determina las bandas de espectro que serán objeto de licitación o que podrán asignarse directamente, el IFT incluyó 24 frecuencias de radio AM, 23 de FM y 15 canales de televisión.
El órgano regulador detalló en un comunicado que se aprobó la inclusión de 24 frecuencias para radio en Amplitud Modulada (AM): ocho frecuencias para uso comercial en Guerrero, Michoacán de Ocampo, Morelos, Nayarit, Tlaxcala, Yucatán y Zacatecas, tres frecuencias para uso público en Chiapas, Tamaulipas y Veracruz de Ignacio de la Llave.
Así como 13 frecuencias para uso social en los estados de Baja California, Guanajuato, Hidalgo, Jalisco, Estado de México, Michoacán de Ocampo, Oaxaca y Quintana Roo.
En el documento se incluyen también 23 frecuencias para radio en Frecuencia Modulada (FM): 17 para uso comercial en Campeche, Chiapas, Chihuahua, Coahuila de Zaragoza, Colima, Nayarit, Oaxaca, Quintana Roo, Sinaloa, Sonora, Veracruz de Ignacio de la Llave, Zacatecas, y seis para uso social en Chihuahua, Coahuila de Zaragoza, Colima, Michoacán de Ocampo, Quintana Roo.
Asimismo, se incorporan 15 canales de televisión digital terrestre: 12 para uso comercial en Campeche, Durango, Puebla, Quintana Roo, San Luis Potosí, Sinaloa, Sinaloa, Tabasco, Tamaulipas, Veracruz de Ignacio de la Llave, y tres para uso social en los Estados de Coahuila de Zaragoza y Durango.
El IFT también informó que se establecieron diversos plazos para que se presenten las solicitudes de concesión ante su Unidad de Concesiones y Servicios para frecuencias y canales de uso público y de uso social puro para prestar el servicio de radiodifusión, quedando de la manera siguiente:

En materia de telecomunicaciones, el PABF 2025 prevé la inclusión de las bandas de frecuencias 415 – 420 / 425 – 430 MHz y 806 – 814 / 851 – 859 MHz para el servicio de radio troncalizado para uso público; y la banda de frecuencias 824 – 849 / 869 – 894 MHz para el servicio de comunicación móvil para uso social.
El órgano regulador subrayó que la presentación de solicitudes de concesión de bandas de frecuencias para prestar servicios de telecomunicaciones para uso público y uso social, así como para uso privado (con propósitos de experimentación, radioaficionados, embajadas y misiones diplomáticas), incluyendo las bandas no previstas en el PABF 2025, no está supeditada a un plazo determinado, por lo que podrán presentarse en cualquier día hábil, conforme al calendario de labores del Instituto.
“En lo que respecta a estaciones de radio comunitarias, indígenas y afromexicanas se prevé que el plazo para la presentación de solicitudes de concesión sea cualquier día hábil del año, conforme al calendario de labores del Instituto, y que las localidades de interés no requieren estar previstas en el PABF 2025”.
Asimismo, el PABF 2025 contiene un listado de 26 localidades, a efecto de difundir la disponibilidad de frecuencias identificadas para la reserva de Ley para concesiones de uso social comunitario e indígena.
“Con la emisión del PABF 2025, el Instituto da cumplimiento a su obligación legal y ofrece visibilidad y certidumbre a quienes desean hacer uso del espectro radioeléctrico a través de concesiones; asimismo, permite que los interesados puedan prever con el tiempo suficiente las inversiones necesarias y los proyectos relacionados con el uso de este recurso finito de la nación”.
C$T-GM






































