«Faltan muchas luchas por ganar»: Ruelas.
La resolución de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), estableció un precedente histórico relevante al dejar en claro que ningún poder puede estar por encima de la Constitución, determinar que el Congreso de la Unión incurrió en una omisión legislativa y ordenar a esta instancia que «haga su trabajo».
Se trata de una resolución histórica, porque ordena al Congreso de la Unión la regulación de la Publicidad Oficial, un trabajo incumplido, una omisión que venía ocurriendo desde hace 10 años pese al compromiso expresado tanto por el Poder Legislativo como por el propio Ejecutivo Federal», sostuvo Ana Cristina Ruelas, directora de Artículo 19.
También lo es porque amplía las posibilidades del juicio de amparo y le dota de efectividad al permitir que por esta vía se reclame la vulneración de un mandato constitucional expreso de legislar, en particular cuando se trate de la vulneración de derechos humanos.
Sienta precedente histórico también porque al ser la publicidad oficial un tema tan delicado, que toca tantos intereses, no se había podido subir a la agenda legislativa; hoy la Corte ordena al Congreso regule a más tardar antes que finalice el periodo ordinario de sesiones (30 de abril de 2018)».
En opinión de la defensora de Derechos Humanos, esta resolución podría cambiar de manera radical el ejercicio indiscriminado del gasto en publicidad oficial, un rubro en el cual la administración de Enrique Peña ha gastado más de 37 mil millones de pesos, además de eliminarse la fuente de poder que permite impulsar narrativas oficiales, que pervierten la información que llega a la sociedad.
Este es el primer paso, todavía falta un proceso legislativo donde efectivamente se discuta una iniciativa que cumpla con los principios de relación con la publicidad oficial de acuerdo con la Comisión Interamericana de Derechos… y se acerque a los más altos estándares internacionales… hay todavía muchas luchas por ganar, pues no solo se debe regular sino regular bien”.
Con cuatro votos a favor y uno en contra, la Primera Sala de la SCJN determinó que el Congreso de la Unión incurrió en una omisión legislativa desde abril de 2014 al no expedir la ley reglamentaria del artículo 134, párrafo octavo, de la Constitución en materia de gasto de comunicación social.
Esta resolución reconoce que la asignación opaca, discrecional y excesiva del gasto de comunicación social a los medios de comunicación es un medio de control de las líneas editoriales que constituye una forma de censura sutil o indirecta; el amparo interpuesto por Artículo 19 mostró que la ausencia de regulación de la publicidad oficial tiene un efecto inhibidor sobre la libertad de expresión de medios comunicación y periodistas y afecta el derecho a la información de la sociedad.
Con el mandato de la máxima instancia jurídica, se buscará una ley que permita tener un ejercicio en el gasto de publicidad oficial, bajo criterios claros, objetivos, de transparencia, equitativos y con fines verdaderamente informativos, evitando en todo momento su uso discriminatorio y arbitrario.
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