Ignoró la sentencia de la SCJN.
Ignorando la sentencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), recomendaciones de organismos internacionales, exigencias de la sociedad civil y en medio de «claroscuros, inconsistencias e irregularidades», la madrugada de este 26 de abril, el pleno del Senado de la República aprobó con 60 votos favor, 46 en contra y una abstención, la Ley General de Comunicación Social.
«El Senado de la República aprobó en lo general, así como los artículos no reservados, con 60 votos a favor, 46 en contra y una abstención, la Ley General de Comunicación Social, cuyo objetivo es reglamentar el modelo de propaganda gubernamental y garantizar que el gasto destinado a esta materia cumpla con los criterios de eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez», dijo la cámara alta en un comunicado publicado a las 02:05 del 26 de abril.
Sin embargo, el colectivo Medios Libres aseguró en un comunicado que la ley se aprueba sin escuchar críticas ni advertencias, legaliza malas prácticas relacionadas con la publicidad oficial y mantiene el estatus quo, pero lo más importante, añadió, es que incumple con la sentencia del 15 de noviembre del 2017 emitida por la primera Sala de la SCJN.
«Al no establecer reglas claras en el tipo de gasto de la publicidad oficial…la ley aprobada en el pleno del Senado viola la libertad de expresión, de prensa y de información, ya que la ausencia de dicho marco normativo permite un uso arbitrario y discrecional de la repartición de la publicidad oficial y genera censura a los medios de comunicación y periodistas críticos.”
El colectivo destaca que a pesar de que en las reuniones del pasado 19 y 24 de abril, las Comisiones Unidas (Gobernación, Radio, Televisión y Cinematografía, y Estudios Legislativos Primera) en el Senado alcanzaron un empate en su análisis del dictamen presentado, la minuta no tuvo ningún cambio en su contenido, por lo que se trata de una Ley «sin consenso».
El poder legislativo ignoró exhortos y recomendaciones de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), Instituto Nacional Electoral (INE), Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales (INAI), la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (OACNUDH), las relatorías para la libertad de expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y de las Naciones Unidas (ONU).
«Esta ley impide que los medios de comunicación sean verdaderos instrumentos de ciertas libertades y no vehículos para restringirlas, lo que implica que los medios de comunicación sirvan para materializar el ejercicio de la libertad de expresión, de tal modo que sus condiciones de funcionamiento deben adecuarse a los requerimientos de esa libertad”.
En el propio recinto legislativo, durante el debate se emitieron opiniones que coinciden con la apreciación del Colectivo:
*Esta Ley no elimina la ilegal concentración del 60 por ciento de los recursos públicos en un puñado de medios electrónicos y no contiene sanciones, ni límites; es un catálogo de promesas sin fiscalización y de ambigüedades que permitirán la discrecionalidad en las campañas de comunicación”, sostuvo la senadora Dolores Padierna.
*Ernesto Ruffo Appel, del PAN, consideró que la propuesta incumple a cabalidad con objetivos que se plantearon en la Constitución para proteger el derecho a la libertad de expresión y reducir la discrecionalidad en el gasto de comunicación social.
*Se trata de un proyecto que abre la posibilidad para la difusión de programas gubernamentales que no son necesariamente útiles al público y tampoco delimita el contenido de carácter promocional de los programas sociales, precisó la senadora Martha Tagle Martínez.
«No bastaron cinco meses para que el Congreso hiciera lo que se le ordenó y decidieron hacer su trabajo legislativo en escasos dos meses a través de un proceso lleno de irregularidades» concluyó el colectivo en su publicación.
C$T-EVP