Afectaciones directas a la inversión y a la sostenibilidad financiera del sector telecomunicaciones, así como a las finanzas del propio gobierno, además de un fuerte daño al bienestar de las personas consumidoras, son algunos de los efectos que tendrá la Ley Federal de Derechos 2026 en materia de espectro radioeléctrico que tras su aprobación en la Cámara de Diputados, analizará el Senado de la República.
Y es que, con 352 votos a favor y 133 en contra, el Pleno de la Cámara de Diputados aprobó en lo general y en lo particular, el proyecto de decreto que establece las nuevas disposiciones de la Ley Federal de Derechos, con lo cual, la pelota pasa a la cancha de la Cámara Alta, y con ello la oportunidad de enmendar el camino torcido.
La relevancia de este documento es mayúscula si se considera que, a diferencia de lo que sucede en el ámbito internacional, donde las cuotas anuales por el uso del espectro no es una práctica común, en México se apuesta por mantener el penoso título de ser el país más caro para acceder a este recurso.
El pago de derechos por el uso del espectro en México se establece en diversos artículos de la Ley Federal de Derechos, cuya aprobación es una facultad del Poder Legislativo, que año con año y con base en la propuesta que le hace la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, pasa por alto que este marco legal es el principal factor del alto precio que tiene este recurso esencial para la provisión de servicios como la telefonía y el internet móviles.
De hecho, las cuotas establecidas en la Ley Federal de Derechos llegan a superar el 90 por ciento del costo total de las bandas de frecuencias para implementar sistemas de Telecomunicaciones Móviles Internacionales (IMT por sus siglas en inglés), desplazando a las licitaciones públicas como el instrumento definido en la Constitución para la asignación de este recurso.
Incluso, estimaciones del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), -que en breve será extinto-, señalan que únicamente tomando en cuenta los derechos, las bandas de frecuencias asignadas son 35 por ciento más costosas que la valuación del mismo espectro utilizando las referencias internacionales.
Es así que México se mantiene como un país donde la mayor parte del costo del espectro radioeléctrico de las bandas de frecuencias asignadas representa un costo fijo para los operadores que se concentra en el pago de derechos.
El costo del espectro no es un tema “de industria”, sino una pieza clave para hacer la diferencia entre un México rezagado en materia digital y un país que avanza por la senda del desarrollo basado en la innovación, la inclusión y los derechos habilitados por el poder de las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TICs).
El impacto del costo espectral es tal que una interesante simulación realizada por GSMA, de un escenario donde el precio del espectro en México se alineara a valores promedio a nivel mundial, mostró que una reducción en los derechos anuales de alrededor del 50 por ciento podría haber acelerado la cobertura 4G para 5 millones de personas, aumentado la velocidad de descarga de datos en 30 por ciento.
Vale recordar que la historia de los pagos de derechos por uso del espectro en México inició en la era de 2G bajo el supuesto de que los operadores sólo necesitaban cierta cantidad de espectro para ofrecer servicios de segundas generación; sin embargo, con la llegada de 3G y las siguientes generaciones de datos móviles, las necesidades de espectro para satisfacer la demanda de los usuarios han crecido exponencialmente.
Hoy, el Poder Legislativo y la propia autoridad hacendaria no entienden que no entienden. El espectro caro es un problema con repercusiones en múltiples frentes y uno de los más álgidos es sin duda la convicción que tiene el gobierno de Donald Trump sobre la inacción de México para revertir la situación, lo que pone varias espinas a las conversaciones en torno al T-MEC.
¿Qué se aprobó en la Cámara Baja para pasarle al Senado?
Para 2026, la Ley Federal de Derechos en materia de espectro radioeléctrico modifica el artículo 173-B para incluir en la autorización para la compartición de bandas de frecuencia aquella que se lleva a cabo entre las dependencias o entidades de los poderes ejecutivos de las entidades federativas y la Ciudad de México, con las dependencias y entidades del Ejecutivo Federal, en congruencia con la Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión.
Además, el documento reconoce a grupos comunitarios y afromexicanos en la exención del pago de los derechos por el uso del espectro radioeléctrico con propósitos culturales, científicos, educativos o a la comunidad, sin fines de lucro, en línea con el reconocimiento a nivel constitucional que desde 2019 se hizo a los pueblos y comunidades afromexicanas como parte de la composición pluricultural de la Nación.
También, se adicionó la nueva figura de “redes de radiocomunicaciones inteligentes”, elimina la precisión de la temporalidad para sistemas que utilicen el espectro radioeléctrico con fines de pruebas, propósitos de experimentación, comprobación de viabilidad técnica y económica de tecnologías en desarrollo o pruebas temporales de equipo.
Así como ajusta las cuotas de los derechos por el acceso a los museos, monumentos, sitios y zonas arqueológicas propiedad de la nación, y elimina el cobro de derechos por el acceso al Museo Nacional de Arquitectura.
C$T-GM






































