En su primera sesión ordinaria del 2025, a ocho años de haber entregado el título de concesión a Altán Redes y en el umbral de su extinción, el Pleno del IFT tomó una decisión que calará profundo en el sector mexicano de las telecomunicaciones: aprobar la concentración de activos entre esta red compartida mayorista y CFE.
La luz verde que el órgano regulador dio a esta operación enciende alertas en términos de competencia económica, el rol que el Estado tiene en la proveeduría de servicios de telecomunicaciones y la autonomía efectiva que el IFT debe seguir teniendo hasta el último minuto de su existencia.
A estas alturas, el meollo de esta aprobación no está en el Qué, pues es bien sabido el interés del gobierno de la 4T en consolidarse como la mano que mece la cuna en la provisión de servicios mayoristas y minoristas (los que se entregan al usuario final) de telecomunicaciones, sino en el Cómo. Es decir, en las condiciones que el IFT impuso a Altán Redes y a CFE.
En 2016, el IFT puso la vara muy alta para evitar que ningún prestador de servicios de telecomunicaciones tuviera influencia en la operación de la Red Compartida. Por ejemplo, determinó que al formar parte del mercado móvil, la participación de socios como Axtel y Megacable debía tener como límite 5.0 por ciento del capital social de Altán Redes.
Incluso, esta participación minoritaria en el capital social de Altán no les otorgó el derecho de influir en la toma de decisiones para la asignación de los usos de la capacidad, infraestructura, servicios de telecomunicaciones y comercialización de la Red Compartida, así como tampoco tener injerencia en nombrar a integrantes del Consejo de Administración.
Todo esto quedó plasmado en documentos que hoy cobran una relevancia clave como los Elementos de Referencia para identificar ex ante a los agentes económicos impedidos para tener influencia en la operación de esta red, así como la opinión en materia de competencia económica que se le entregó a Altán Redes para avalar su participación en el concurso.
En dichos análisis sobresale el efecto negativo de la influencia que pueden tener terceros operadores de telecomunicaciones en el funcionamiento de la Red Compartida, y por ello es que hoy las preguntas sobran:
¿Las condiciones que impuso el IFT para aprobar la concentración de activos de CFE y Altán Redes serán consistentes con lo que estableció el propio órgano regulador hace ocho años? ¿Cómo se evitará que una vez que CFE tome el control de la Red Compartida se privilegie a CFE Telecomunicaciones e Internet para Todos?
¿De qué forma afectará la influencia de CFE en la Red Compartida a Operadores Móviles Virtuales como Bait, de Walmart; Izzi Móvl, JR Móvil, entre otros? ¿De imponerse condiciones que pongan en desventaja a los más de 130 clientes de la Red Compartida versus CFE TEIT podría reducirse la cartera actual y futura?
La palabra influencia, refiere convenientemente el IFT, significa tener el poder o autoridad para intervenir, examinar, censurar, controlar, disponer, dirigir, limitar, suspender, interponer autoridad, tomar parte, interceder o mediar por alguien o interponerse entre dos o más) en las actividades de otras entidades o personas.
¿Tendrá CFE influencia en Altán Redes, la operación de la Red Compartida y en el mercado móvil? La respuesta a botepronto es: Sí.
De hecho, la Unidad de Competencia Económica (UCE) del IFT, vio riesgos importantes al analizar el expediente UCE/CNC-006-2024 UCE, lo cual no es extraño si se considera que con la concentración CFE-Altán Redes, se tendrá a un jugador que competirá en ambos extremos del mercado.
Esta historia inició en septiembre de 2024 cuando el IFT recibió una notificación de concentración por parte del Fideicomiso de Administración y Fuente de Pago F/1320 (creado para liquidar las deudas pendientes de Altán Redes con una centena de acreedores de la Red Compartida), CFE, Altán Redes, Axtel, CMF Investment Company II, Hansam, Marapendi Holding y Telefonía por Cable (empresa subsidiaria de Mega Cable).
Este tipo de decisiones por parte del Pleno del IFT son una muestra clara de que aún en vías de extinción, el órgano regulador sigue trabajando y cumpliendo con su mandato constitucional, sin embargo, la publicación de las condiciones que impuso a CFE y Altán Redes para proceder a la concentración de activos, permitirá observar hasta qué punto su autonomía se mantuvo vigente, pues la vara con la que se debe medir esta operación la puso el mismo regulador. Al tiempo.
C$T-GM