La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) publicó el oficio mediante el cual se otorgó a MercadoLibre la autorización para organizar y operar en México una institución de fondos de pago electrónico con un capital social inicial de 30 millones de pesos denominada “MercadoLibre, S.A. de C.V., Institución de Fondos de Pago Electrónico”.
En el documento publicado en el Diario Oficial de la Federación, destacó que la empresa cumplió los requisitos previstos en el artículo 22, en relación con el artículo 39 de la Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera (Ley Fintech) y los artículos 3, 4 y 6 de las disposiciones de carácter general aplicables a las mismas y con la regulación que por su naturaleza le corresponda.
“La institución estará sujeta a la supervisión de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) y del Banco de México (Banxico), en el ejercicio de sus respectivas atribuciones, así como, de las demás autoridades financieras competentes en los términos que las leyes dispongan”.
El capital social, detalla el oficio número P029/2021, está representado por 30 millones de acciones de serie única, ordinarias, sin expresión de valor nominal, representativas del capital social fijo sin derecho a retiro.
Los servicios de emisión, administración, redención y transmisión de fondos de pago electrónico que preste se sujetarán, en lo no señalado expresamente en el presente oficio, a la Ley Fintech, a las reglas y disposiciones que emita la CNBV.
Asimismo, se sometarán a las disposiciones que expida el Banxico y a las disposiciones vigentes y a las que se emitan en el futuro por cualquier autoridad competente, incluyendo las relativas a operaciones con recursos de procedencia ilícita y financiamiento al terrorismo, que por su naturaleza resulten aplicables.
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