La decisión del gobierno de la Ciudad de México de aplicar un impuesto del 2.0 por ciento a la actividad comercial que realizan las apps de reparto, representa una acción fiscal “depredadora”, que podría incluso repercutir en la economía del usuario final, pues estas empresas siempre encontrarán la forma de evitar absorber este nuevo gravamen y trasladarlo al consumidor.
“Además de desmedida, es una actitud depredadora del ámbito fiscal, en este caso local… parece ser que como la autoridad está viendo que este tipo de negocios de la economía digital están teniendo una expansión muy importante, pues ha decidido clavarle más el diente, pese a que ya pagan impuestos”, sostuvo Ernesto Piedras Feria, director general de la consultora The CIU.
Recordó que las motocicletas, los autos y las camionetas en las cuales se realiza la distribución de paquetería y de entrega de comida y alimentos, además de pagar tenencia, también contribuyen con otros impuestos, que son utilizados para la construcción de infraestructura de la ciudad.
“Las calles y vialidades (de la Ciudad de México) no las regala el gobierno local, se hacen con los impuestos que pagan los que habitan esta urbe, es decir, empresas y ciudadanos… sobre eso ¿agregarán un peldaño fiscal más?”
En opinión del director de The Competitive Intelligence Unit (CIU) eso representa una actitud desesperada, una decisión, que parecería ser que sólo busca obtener recursos de donde sea; “el objetivo recaudatorio es bastante visible”.
Aseguró que el análisis económico ha mostrado que se pueden poner los impuestos al consumo, gravámenes a la producción, pero el agente económico que no pueda absorber ese pago de impuestos, si necesita trasladar una fracción de ese gravamen al consumidor, lo hará.
La jefa de gobierno de la CDMX, Claudia Sheinbaum, carece de sustento alguno para asegurar que esto no va a suceder, tendrá que admitir que sucederá y que realmente esta decisión es algo desesperado para sacar dinero de algún lado, ya sea de las plataformas o del consumidor.
Para el experto, un nuevo gravamen “es atentar contra el desempeño y crecimiento de la economía digital”, pues ya se ha destacado lo nocivo que resulta imponer impuestos como el IEPS a los servicios de telecomunicaciones o en la venta de equipos digitales, y ahora se quiere dañar un nicho de la economía digital.
“Ya se ha dicho hasta el cansancio, entre más economía digital más contribución fiscal habrá, no suban las tasas (impositivas) y dejen que la población consuma más este tipo de servicios, para que tengan mayor bienestar y mayores ingresos y las autoridades tendrán mayor recaudación que como todo gobierno necesita”.
Por su parte Radamés Camargo, Analysis Manager de la firma resaltó en entrevista para ConsumoTIC, que las empresas del sector digital ya pagan impuestos desde junio del 2020, por ello es una despropósito, añadir un impuesto más que podría afectar al consumidor, por un eventual traslado de esta disposición fiscal que entrará en vigor a partir de enero de 2022.
“La misma jefa de gobierno de la CDMX, reconoce que aplicaciones como Uber ya pagan IEPS, sin embargo, cuando se desglosa el costo de esa tributación, no la paga Uber, no lo pagan los repartidores, sino esto lo termina absorbiendo el consumidor”, explicó.
Es seguro que las plataformas digitales no sufrirán ningún impacto, además que resulta extraño y más bien se percibe como si esta decisión se tratara de “un madruguete”, pues no hay fundamentos que acompañen esta nueva imposición tributaria.
En esta decisión, argumentó, se ignora la importante aportación que realizan las plataformas digitales a la economía nacional, no sólo por la derrama económica que generan, sino también por la oferta laboral y las oportunidades de negocio que ofrecen.
El pasado 15 de diciembre el Congreso local de la CDMX aprobó con 39 votos a favor, 16 en contra y cero abstenciones, establecer en el el Código Fiscal 2022, un nuevo impuesto o aprovechamiento, vigente para apps como Uber Eats, DiDi Food, Rappi, entre otras, plataformas que deberán destinar el 2.0 por ciento antes de impuestos de cada uno de los cobros que realicen para cada una de las operaciones de intermediación con terceros.
Así, el Artículo 307 TER señala que: Las personas físicas o morales que realicen actividades de intermediación, promoción o de facilitación digital a través de la operación y/o administración de aplicaciones y/o plataformas informáticas de control, programación y/o geolocalización en dispositivos fijos o móviles, para la interconexión que permita a los usuarios contactar con terceros oferentes de bienes, para la entrega o recepción de paquetes alimentos, víveres o cualquier tipo de mercancía en territorio de la Ciudad de México, deberán pagar mensualmente por el uso y/o explotación de la infraestructura de la Ciudad de México, una cuota por concepto de Aprovechamiento. Este Aprovechamiento corresponde al 2.0 por ciento, antes de impuestos, sobre el total de las comisiones o tarifas que bajo cualquier denominación cobren por cada intermediación y/o promoción y/o facilitación señalados en el párrafo anterior, realizadas en la Ciudad de México.
En el Código Fiscal quedó establecido que el aprovechamiento en cuestión, será intransferible a los trabajadores repartidores o al consumidor final.
C$T-EVP